La exfiscal de la nación Delia Espinoza asumió este lunes el cargo de decana del Colegio de Abogados de Lima (CAL), en una ceremonia de investidura realizada en la sede principal de dicho gremio. Durante su primer discurso oficial, la exmagistrada abordó diversos temas que atañen a dicha orden, entre ellos, el proyecto de ley presentado recientemente por el Fiscal de la Nación, Tomás Gálvez, que propone que la habilitación profesional por parte de los colegios de abogados del país no sea requisito para permanecer en el cargo de fiscal. En ese sentido, Espinoza Valenzuela rechazó dicha iniciativa y señaló que atenta contra «las atribuciones constitucionales y legales» del CAL. Además, indicó que promovería «la falta de valores morales en la profesión de abogado». «Es el caso que ahora, desde la Fiscalía de la Nación, se ha presentado un proyecto de ley para modificar el artículo 4 de la Carrera Fiscal con la finalidad de que la habilitación, en cualquier colegio de abogados del país deje de ser un requisito para la continuidad de los fiscales en sus funciones», apuntó.»Rechazamos enfáticamente ese pretendido proyecto de ley que lo que está haciendo es pretender debilitar las atribuciones constitucionales y legales del Colegio de Abogados de Lima y de los demás colegios de abogados del Perú con un oscuro interés, o no tan oscuro, ya evidente de generar impunidad, de promover la falta de ética, de promover la falta de valores morales en la profesión de abogado», aseveró.Asimismo, la flamante decana del CAL consideró que dicha propuesta se trabajó «a propósito» de su elección en el cargo, y que «vendría a empeorar la situación en la que ya se percibe a los fiscales desde la sociedad».»Eso no se ha trabajado ni siquiera en un mes, eso se ha trabajado a propósito de la elección de esta decana que representa la lucha contra la corrupción», aseguró.»La propuesta mencionada vendría a empeorar la situación en la que ya se percibe a los fiscales desde la sociedad hoy en día, y va en sentido contrario a los cambios que se espera en la administración de justicia, pues se requiere contar con magistrados reputados, probos, honorables, íntegros y respetuosos de los valores morales y éticos, pues antes de ser magistrado se es abogado», sostuvo.Espinoza remarcó que «la razón de ser de estos colegios profesionales es la vigilancia y el cumplimiento de las normas deontológicas, éticas, morales que son exigibles a todos los abogados sin excepción», y que, «ante un grave incumplimiento, por hechos notorios y debidamente probados», correspondería «una sanción, como es la inhabilitación por los órganos de la orden que corresponda».»Por todo ello, reafirmo la urgente necesidad de esta orden profesional de seguir trabajando para recuperar esos espacios de ética que están perdidos y se pretende seguir perdiendo por propuestas contrarias al propio Estado democrático de derecho, porque vamos a poner a nuestra orden en la cúspide del ejercicio profesional. Nuestra gestión se va a caracterizar por ello», puntualizó. ¿Qué dice el proyecto de ley presentado por Tomás Gálvez?Tomás Gálvez, fiscal de la Nación, presentó -el último martes- un proyecto de ley ante el Congreso, que plantea la modificación del artículo 4 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, en lo que corresponde a los requisitos para acceder y permanecer en la carrera de magistrados del Ministerio Público.El nuevo proyecto plantea que los requisitos que hoy se exigen para acceder y permanecer en la carrera fiscal pasen a ser únicamente obligatorios para el acceso a la carrera fiscal, mas ya no para proseguir en el ejercicio de dicha magistratura.En ese sentido, la propuesta incide en que se suprima el requisito de «encontrarse hábil en el ejercicio profesional», a través del colegio profesional respectivo, para continuar ejerciendo como fiscal. Esto, según sustenta el proyecto, para evitar «conflictos competenciales sancionadores entre la Junta Nacional de Justicia [JNJ], la Autoridad Nacional de Control [ANC] y los colegios de Abogados».»Estos gremios podrían interpretar el precepto normativo legal irrogándose facultades sancionadoras que no poseen, en el entendido que la inhabilitación en el ejercicio profesional de la abogacía constituye un mecanismo indirecto que les franquea la ley para apartar o remover del cargo a un fiscal que forma parte del sistema de justicia», destaca el proyecto.»De otro lado, podría poner en riesgo la seguridad jurídica y el correcto funcionamiento del Sistema de Administración de Justicia; por cuanto la terminología empleada deja abierta la posibilidad -o, por lo menos, así podría interpretarse-, para que otros organismos ajenos al control disciplinario de la función fiscal, como los colegios profesionales, se entrometan en el citado control para pretender atentar contra la estabilidad, permanencia y el buen desarrollo de las funciones que competen a los magistrados del Ministerio Público», añade.Por ello, Gálvez destaca que «corresponde modificar la redacción vigente del artículo 4 de la Ley de la Carrera Fiscal, precisando que los requisitos generales que se detallan son exigibles para el ingreso a la carrera fiscal y no para permanecer en ella; de tal forma que, ante cualquier exigencia formal, se priorice el fortalecimiento, permanencia y el correcto funcionamiento de los órganos que integran el Sistema de Administración de Justicia, como es el caso del Ministerio Público».






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