Gobierno establece mecanismo de racionamiento de gas natural para asegurar el abastecimiento del mercado interno

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El decreto otorga también a Osinergmin la facultad de dictar medidas transitorias para exceptuar el cumplimiento de ciertos reglamentos
El decreto otorga también a Osinergmin la facultad de dictar medidas transitorias para exceptuar el cumplimiento de ciertos reglamentos | Fuente: RPP

En respuesta a la emergencia en el sector energético, el Gobierno publicó un Decreto Supremo que establece una nueva jerarquía de racionamiento de gas natural.La norma, refrendada por el presidente José María Balcázar y los ministros de Energía y Minas, y del Ambiente, busca asegurar que los recursos lleguen prioritariamente a los consumidores residenciales y al sistema de transporte masivo.El nuevo orden de prioridadA partir de la fecha, ante cualquier declaratoria de emergencia que limite la disponibilidad de gas, los productores y concesionarios deberán seguir este estricto orden de asignación:Consumidores residenciales y comerciales: Los hogares y pequeños negocios mantienen la máxima prioridad.Transporte: Estaciones de servicio y sistemas integrados como el Metropolitano y los corredores complementarios.Generadores eléctricos: Sector crucial para garantizar el suministro de luz a nivel nacional.Industria menor: Consumidores con una demanda menor a 20,000 metros cúbicos por día.Gran industria: Fábricas con demanda superior a los 20,000 metros cúbicos diarios.Consumidores independientes: Usuarios con contratos de servicio interrumpible.Para los sectores eléctrico e industrial, la asignación del recurso no será total, sino que se realizará mediante un sistema de prorrateo basado en el consumo promedio de los últimos siete días previos a la crisis. Facultades especiales para OsinergminEl decreto otorga también al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) la facultad de dictar medidas transitorias para exceptuar el cumplimiento de ciertos reglamentos, siempre que esto ayude a evitar la parálisis del servicio o el desabastecimiento de hidrocarburos.En esa línea, el Ministerio de Energía y Minas, a través de una resolución directoral, dispuso que durante los próximos 30 días, los grifos y distribuidores mayoristas no estarán obligados a mantener las cantidades mínimas de gasolina, gasoles y diésel en sus plantas. Esta excepción busca que los productores se adapten a las limitaciones logísticas actuales sin enfrentar sanciones.La directora general de Hidrocarburos, María Esther Peñaloza Pizarro, precisó que estas disposiciones tienen un carácter temporal y regirán por los próximos 30 días calendario, aunque el plazo podría culminar antes si la situación del ducto de Camisea se normaliza antes de lo previsto.

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