Subcomisión de Acusaciones Constitucionales archivó dos denuncias constitucionales contra Dina Boluarte

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La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) del Congreso aprobó el archivo de dos denuncias constitucionales contra la expresidenta Dina Boluarte, durante la sesión ordinaria realizada el último viernes, 17 de abril. En el desarrollo de la jornada legislativa, el grupo de trabajo desestimó los cargos por presuntas infracciones constitucionales y delitos de corrupción al determinar que los hechos denunciados no cumplían con los criterios de procedencia material ni con los estándares de tipicidad necesarios para una acusación de esta naturaleza. La decisión se fundamentó en informes técnicos que calificaron como improcedentes los casos vinculados a la observación de leyes sobre crimen organizado y a la emisión de decretos de urgencia relacionados con el terminal portuario del Callao.
Improcedencia por observación de leyes y crimen organizado
La primera de las causas archivadas corresponde a la denuncia constitucional 552, la cual fue formulada por la congresista Ruth Luque Ibarra (Bloque Democrático) e incluía también al expresidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, y al exministro del Interior, Juan José Santibáñez. Los cargos se centraban en la observación de una autógrafa de ley sobre detención preliminar y la posterior promulgación de la Ley 32138, que modificó la normativa contra el crimen organizado, alegando que esto habría beneficiado a personas cercanas al entorno presidencial. No obstante, el informe de calificación determinó que estas acciones constituyen el ejercicio legítimo de atribuciones reconocidas en la Constitución, por lo que no pueden ser consideradas infracciones per se.
En este mismo caso, se argumentó que las conductas atribuidas a los denunciados no describen con la claridad exigida por el derecho sancionador una infracción individual, señalándose además que cualquier cuestionamiento sobre el impacto de estas normas corresponde ser evaluado por el Tribunal Constitucional y no a través de un juicio político. Tras el debate, la propuesta de archivo fue aprobada por mayoría con diez votos a favor, dos en contra y dos abstenciones de los miembros del colegiado.
Desestimación de la denuncia por el puerto del Callao
El segundo expediente enviado al archivo fue la denuncia constitucional 622, presentada por diversas asociaciones de pescadores artesanales del Callao contra Boluarte, Adrianzén y otros exministros de Estado. Los denunciantes sostenían que el Decreto de Urgencia 004-2025 se utilizó para desalojar a trabajadores del terminal norte multipropósito sin las garantías debidas, imputando delitos de abuso de autoridad y atentado contra la libertad de trabajo. El informe técnico sustentado ante la subcomisión aclaró que este órgano no tiene competencia para emitir un juicio definitivo sobre la constitucionalidad de decretos de urgencia, labor que recae en la instancia de control político del Parlamento.La resolución del caso también precisó que no se demostró una arbitrariedad manifiesta o dolosa en la emisión del decreto dentro del marco formal de las potestades del Ejecutivo, por lo que se procedió a declarar la improcedencia del caso. La votación final registró nueve votos a favor del archivo, una abstención y tres votos en contra, dejando a salvo el derecho de los denunciantes de presentar una nueva denuncia si los órganos de control político encuentran vicios de inconstitucionalidad en el futuro.
Otras denuncias 
La Subcomisión también procedió con el archivo de otras denuncias constitucionales, como la número 517 presentada por el congresista Juan Burgos (Podemos Perú) y la 657 formulada por el parlamentario Edwin Martínez (Acción Popular). En el primer caso, se cuestionaba la vulneración del respeto al orden constitucional por parte de Boluarte y Gustavo Adrianzén, concluyéndose que no se debía juzgar el comportamiento de altos funcionarios a través del control de constitucionalidad de las normas.
A pesar de estos archivamientos, la SAC decidió admitir a trámite un extremo de la denuncia constitucional 694, formulada por la Fiscalía de la Nación, relacionada con el presunto delito de negociación incompatible en el nombramiento de la presidenta ejecutiva de EsSalud. Mientras el proceso contra Dina Boluarte continuará en este extremo específico, el grupo de trabajo parlamentario optó por declarar improcedente la misma denuncia en lo que respecta al exministro de Trabajo, Daniel Maurate, por falta de elementos indiciarios sobre su participación en los hechos.

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