Huancayo: JEE confirma falta de César Acuña por vulnerar neutralidad electoral y le ordena a que no reincida

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El Jurado Electoral Especial (JEE) de Huancayo declaró que el gobernador regional de La Libertad, César Acuña Peralta, vulneró el principio de neutralidad electoral al participar en un acto proselitista de Alianza para el Progreso (APP) en la plaza Huamanmarca, el pasado 20 de septiembre.Durante el evento, Acuña pronunció un discurso en respaldo a candidatos de su partido, mientras se proyectaba su imagen junto al símbolo de APP.Para el JEE, estos hechos constituyen propaganda electoral realizada por una autoridad en funciones.La resolución concluye que Acuña incurrió en infracciones previstas en el reglamento electoral. Por ello, ordenó al gobernador regional de La Libertad abstenerse de reincidir en actos similares, bajo apercibimiento de recibir amonestación pública y multa a la agrupación política si se repite la conducta.Además, el caso fue derivado a la Contraloría General y al Gobierno Regional de La Libertad para que adopten medidas según sus competencias.

Acuña pronunció un discurso en respaldo a candidatos de su partido, mientras se proyectaba su imagen junto al símbolo de APP el pasado 20 de septiembre.
Acuña pronunció un discurso en respaldo a candidatos de su partido, mientras se proyectaba su imagen junto al símbolo de APP el pasado 20 de septiembre. | Fuente: RPP

No es la primera vezEl pasado 21 de setiembre, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Chiclayo determinó que César Acuña Peralta violó el deber de neutralidad electoral al participar en actividades proselitistas en Piura en julio de 2025 y por su rol directivo en el partido Alianza para el Progreso.La resolución, declarada como consentida el último 17 de septiembre, ordena la remisión del caso al Ministerio Público, la Contraloría General de la República y el Consejo Regional de La Libertad para evaluar posibles implicancias penales, administrativas o institucionales.El JEE de Chiclayo, tras un proceso de fiscalización, acreditó que Acuña incurrió en una infracción al numeral 32.1.5 del artículo 32 del Reglamento sobre Neutralidad, que prohíbe a las autoridades públicas «formar parte de algún comité u organismo político o hacer propaganda a favor o campaña en contra de alguna organización política o candidato».

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