El expresidente Pedro Castillo seguirá recluido en el Establecimiento Penitenciario Barbadillo ubicado en el distrito limeño de Ate luego de que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema confirmó la vigencia del mandato de prisión preventiva que se le impuso como parte del proceso penal que afronta por su fallido golpe de estado del 7 de diciembre del 2022.El tribunal supremo declaró «infundado» el recurso de apelación que presentó el exmandatario para revocar la resolución que emitió el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley el último 25 de junio en la que rechazó la solicitud que presentó su defensa legal para que se ordene el cese del mandato de prisión preventiva que pesa en su contra por este caso a fin de afrontar bajo mandato de comparecencia con restricciones este proceso penal.La defensa legal del exjefe de Estado cuestionó la intervención de fiscales adjuntos para participar en audiencias donde la competencia es exclusiva de fiscales supremos que debieron ser designados previamente por el Fiscal de la Nación, lo que vicia la legitimidad procesal del órgano acusador en la conformación exigida por la ley para el presente juicio.No obstante, la sala suprema confirmó la decisión del magistrado Checkley Soria al determinar que ya se ha sostenido que no hay vicio alguno en la intervención de fiscales provisionales o adjuntos por lo que no es factible anular las actuaciones y retrotaer la causa a niveles iniciales del procedimiento.El tribunal presidido por el juez supremo César San Martin resaltó lo dispuesto en el artículo 154, apartado 4 del Código Procesal Penal (CPP ), que impide que las actuaciones se repongan a una etapa anterior a la ya concluida «Siendo así, los motivos del recurso de apelación no pueden prosperar».El colegiado supremo también remarco que el cese de la prisión preventiva se sustenta en la presencia de nuevos medios de investigación o de prueba – según el caso – que demuestren que no concurren o no subsisten los motivos que determinaron su imposición y resulta necesario sustituirla por la medida de comparecencia, conforme al artículo 283, apartado 4, del Código Procesal Penal ( CPP ) La Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos pidió 34 años de prisión para el expresidente Pedro Castillo, así como su inhabilitación por 3 años y 6 meses para ejercer cargo público al acusarlo por los presuntos delitos de rebelión, abuso de autoridad y grave perturbación a la tranquilidad pública en agravio del Estado y la sociedad.Sobre el expresidente Pedro Castillo también pesa un mandato de prisión preventiva que se le impuso como parte de la investigación preparatoria que se le sigue por los presuntos delitos de organización criminal y otros en agravio del estado por los casos acumulados Petroperú, Puente Tarata y Ministerio de Vivienda.