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El último martes, se dio a conocer la resolución del Tribunal Constitucional (TC) sobre la demanda competencial presentada por el Ejecutivo contra el Ministerio Público y el Poder Judicial respecto a la posibilidad de investigar a la mandataria de la república Dina Boluarte por supuestos delitos no contemplados en el artículo 117 de la Constitución.En ese línea, el máximo intérprete de la Constitución resolvió declarar fundada la demanda y dispuso suspender las investigaciones contra Boluarte hasta después del 28 de julio de 2026, fecha en que termine su periodo de Gobierno.La inmunidad presidencial «resulta estrictamente necesaria tomando en cuenta la naturaleza del cargo y la especial relevancia de su adecuado ejercicio en el marco del régimen político», señala la sentencia. Benji Espinoza: «Yo creo que es una decisión correcta»De acuerdo con el abogado penalista Benji Espinoza, el Tribunal Constitucional reafirmó la interpretación de que la Constitución peruana otorga una inmunidad casi absoluta al presidente durante su mandato.Espinoza explicó que se puede investigar a funcionarios y allegados al mandatario. Sin embargo, este no puede ser objeto de investigación penal hasta que culmine su período.»Yo creo que es una decisión correcta. No es una decisión popular, seguramente no es una decisión simpática, porque tenemos una presidenta —creo que con justa razón— desacreditada y deslegitimada. Pero lo que viene a establecer el Tribunal Constitucional es proteger la institución del presidente más allá de la persona que ocupe el cargo», dijo en La Rotativa del Aire de RPP.Asimismo, recordó que el fallo también establece que, una vez concluido el mandato de Dina Boluarte, podrían reanudarse las investigaciones. No obstante, este paso requeriría la autorización del Congreso a través del antejuicio. Pedro Hernández Chávez: «No estamos ante una situación de blindaje»En tanto, Pedro Hernández Chávez, magistrado del TC y uno de los cinco firmantes del fallo mayoritario, explicó que la decisión busca definir el marco de competencias constitucionales de los distintos órganos del Estado.Según Hernández, el tribunal no está impidiendo que se investigue a un presidente, sino que establece la suspensión de dichas acciones mientras el mandatario esté en ejercicio, con la posibilidad de retomarlas al concluir su mandato.»No estamos ante una situación de blindaje. Lo que creo que se está haciendo es, básicamente, contemporizar, por un lado, la función investigativa del Poder Judicial y del Ministerio Público, y por otro lado, garantizar la capacidad decisional de un presidente de la República en ejercicio», señaló en Ampliación de Noticias de RPP. En tanto, las investigaciones actuales contra la presidenta Boluarte quedarán suspendidas hasta al menos el 28 de julio de 2026, a la espera de que un nuevo Congreso decida sobre posibles acciones futuras.No obstante, Hernández aclaró que nuevas investigaciones pueden iniciarse si surgen nuevas causales, siempre que se limiten a actos previos y no afecten la investidura presidencial.
Informes de Fiscalización revelan que trece congresistas de distintas bancadas habrían vulnerado el principio de neutralidad a favor de sus partidos, actos prohibidos por Ley en periodo electoral. ¿Quiénes son y qué dice la Ley en estos casos? Los detalles, en este informe de El Poder en tus Manos.
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